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El COMEX deberá autorizar la nacionalización de vehículos (partida 87.02 y 87.03) adquiridos por entidades públicas

RESOLUCIÓN 004– 2023

EL PLENO DEL COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1.- Reformar el artículo 1 de la Resolución del COMEX No. 51 de 27 de marzo de 2012, publicada en el Registro Oficial No. 700 del 10 de mayo de 2012, agregando a continuación del literal d) el siguiente texto:

“El COMEX deberá autorizar la nacionalización de vehículos (partida 87.02 y 87.03) adquiridos por entidades públicas, en los casos que no se enmarquen en lo previsto en la letra a) del artículo 1 de esta Resolución”.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.- Deróguese la Resolución No. 009-2016 adoptada por el Pleno del COMEX el 06 de junio de 2016 y publicada en el Registro Oficial No. 804 de 25 de julio de 2016.

DISPOSICIÓN FINAL

La Secretaría Técnica del COMEX remitirá la presente resolución al Registro Oficial para su publicación.
Esta resolución fue adoptada en sesión llevada a cabo el 09 de marzo de 2023 y entrará en vigencia a partir de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Fuente: Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca

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