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NOTICIAS WD ECUADOR

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA

Resolución Nro. MPCEIP-MPCEIP-2025-0079-R

Someter a vigilancia previa al embarque a las importaciones a consumo de hierro y acero que ingresan por las subpartidas arancelarias detalladas en el anexo ( i ) de la presente resolución, el cual forma parte íntegra de este instrumento, por un plazo de doce (12) meses.

FUENTE: 

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2025/08/Resolucion-MPCEIP-MPCEIP-2025-0079-R-y-Anexo-I.pdf

RESOLUCIÓN 0093

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO

Establecer las medidas fitosanitarias obligatorias para la prevención, vigilancia y control del material vegetal de musáceas producido, importado, almacenado y comercializado en el país, a fin de salvaguardar su condición fitosanitaria, garantizar la trazabilidad y prevenir la introducción y diseminación de plagas que afecten la producción nacional.

Fuente:

https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiYzRlMjc5MWItZTI4ZS00OWVlLWI4N2ItZDQ3NDYxMWFmNjRiLnBkZiJ9

RESOLUCIÓN 0110

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO

Establecer como medida sanitaria que todos los representantes técnicos de los almacenes de expendio de insumos agropecuarios ubicados en la provincia de Morona Santiago deban inscribirse y aprobar obligatoriamente el curso de habilitación, el cual será impartido por los operadores de servicios sanitarios agropecuarios registrados y autorizados por la agencia. Dicho curso se llevará a cabo en el próximo ciclo de capacitación, que iniciará el 1 de agosto de 2025.

Fuente:

https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiYzRlMjc5MWItZTI4ZS00OWVlLWI4N2ItZDQ3NDYxMWFmNjRiLnBkZiJ9

RESOLUCIÓN 0119

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO

Establecer los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de hortaliza de endivia (CICHORIUM endivia) para consumo originaria de argentina.

Los requisitos fitosanitarios para la importación son:

1.Permiso fitosanitario de importación, emitido por el área respectiva de la Agencia de Regulación y Control Fito y zoosanitario.

2. certificado fitosanitario de exportación otorgado por la organización nacional de protección fitosanitaria (ONPF) de Argentina que consigne lo siguiente:

Declaración adicional:

“El lugar y/o sitio de producción fue inspeccionado durante la(s) temporada(s) de desarrollo del cultivo y se encontró libre de LISTRODERES COSTIROSTRIS”.

3. La hortaliza de endivia (CICHORIUM endivia) viene libre de raíces.

4. El envío debe venir libre de suelo y cualquier material extraño.

5. El envío estará contenido en empaques nuevos de primer uso y deben estar libres de cualquier material extraño.

6. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso.

Fuente:

https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiYzRlMjc5MWItZTI4ZS00OWVlLWI4N2ItZDQ3NDYxMWFmNjRiLnBkZiJ9

VIGENCIA DE LAS RESOLUCIONES NRO. SENAE-SENAE-2025-0068-RE Y SENAE-SENAE-2025-0077-RE CORRESPONDIENTES A REFORMAS AL “PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL DESPACHO DE EQUIPAJE DE PASAJEROS Y TRIPULANTES QUE INGRESAN O SALEN DE LOS AEROPUERTOS INTERNACIONALES DEL ECUADOR” Y AL “PROCEDIMIENTO GENERAL DEL RÉGIMEN TRANSFRONTERIZO».

Nro. Boletín: 68-2025 | Vigente

Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior, Servidores Aduaneros y a la ciudadanía en general, que con fecha 29 de julio de 2025 entran en vigencia las siguientes resoluciones:

• SENAE-SENAE-2025-0068-RE «Reforma a la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0345-RE procedimiento general para el despacho de equipaje de pasajeros y tripulantes que ingresan o salen de los aeropuertos internacionales del Ecuador», de fecha 14 de julio de 2025.

• SENAE-SENAE-2025-0077-RE “Reforma a la resolución Nro. SENAE-SENAE-2019-0033-RE procedimiento general del régimen transfronterizo», de fecha 28 de julio de 2025.

Las Resoluciones Nro. SENAE-SENAE-2025-0068-RE y SENAE-SENAE-2025-0077-RE pueden ser descargadas en la página web del SENAE > Biblioteca Aduanera > «Búsqueda General».

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

Fuente:

https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/2025/07/29/11/SENAE-SENAE-2025-0068-RE.pdf

https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/2025/07/29/11/SENAE-SENAE-2025-0077-RE.pdf

EXPEDICIÓN DE LA RESOLUCIÓN NRO. SENAE-SENAE-2025-0079-RE «MANUAL GENERAL PARA LA GESTIÓN DE ALERTAS DE RIESGO PROVENIENTES DE OTRAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES AL SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR»

Nro. Boletín: 69-2025 | Vigente

Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior, Servidores Aduaneros y a la ciudadanía en general, la expedición de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2025-0079-RE «Manual General para la gestión de alertas de riesgo provenientes de otras entidades gubernamentales al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador», de fecha 01 de agosto de 2025, la cual entrará en vigencia a partir de su publicación en el registro oficial.

La Resolución Nro. SENAE-SENAE-2025-0079-RE puede ser descargada en la página web del SENAE > Biblioteca Aduanera > «Búsqueda General».

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

Fuente:

https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/2025/08/04/8/SENAE-SENAE-2025-0079-RE.pdf

SOCIALIZACIÓN DE PROYECTO NORMATIVO PR-00009-2025: «MANUAL GENERAL PARA LA APLICACIÓN DE LA DUDA RAZONABLE»

Nro. Boletín: 71-2025 | Vigente

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador en cumplimiento del acuerdo sobre facilitación del comercio de la OMC, le invita a participar en la socialización del proyecto normativo PR-00009-2025: «Manual general para la aplicación de la duda razonable».

Sus comentarios u observaciones son esenciales para construir mejores procesos aduaneros, para lo cual acceda al presente proyecto normativo, habilitado desde 14 de agosto de 2025 hasta el 27 de agosto de 2025 en la biblioteca aduanera del SENAE en el siguiente enlace: https://www.aduana.gob.ec/biblioteca-aduanera/proyectos-normativos/.

Fuente:

https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/2025/08/13/11/Proyecto_Normativo_Manual_General_para_la_Aplicacion_de_la_Duda_Razonable.pdf

ENTRADA EN VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN NRO. SENAE-SENAE-2025-0073-RE QUE EXPIDE LOS PROCEDIMIENTOS DOCUMENTADOS NO. SENAE-ISEE-2-2-004-V4 Y SENAE-ISEE-2-2-048-V3 RELACIONADOS AL PROCESO DE FACILIDADES DE PAGO.

Nro. Boletín: 72-2025 | Vigente

Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior, servidores aduaneros y ciudadanía en general que, en cumplimiento a las buenas prácticas regulatorias, y en conformidad con lo establecido en el artículo 1 numeral 1 del acuerdo sobre facilitación al comercio, relacionado a que cada miembro publicará prontamente, de manera no discriminatoria y de fácil acceso, la información sobre los procedimientos de importación, exportación y tránsito; el servicio nacional de aduana del ecuador ha adoptado la resolución Nro. SENAE-SENAE-2025-0073-RE, emitida el 28 de julio y vigente desde el 13 de agosto de 2025, fecha de su publicación en el registro oficial Nro. 101 , la cual expide los procedimiento documentados denominados:

SENAE-ISEE-2-2-004-V4 “Instructivo de sistemas para el registro de solicitudes de facilidades de pago de bienes de capital”

SENAE-ISEE-2-2-048-V3 “Instructivo de sistemas para el registro de solicitudes de facilidades de pago por obligaciones pendientes»

Fuente:

https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/2025/08/13/12/SENAE-SENAE-2025-0073-RE.pdf

https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/2025/08/13/12/SENAE-ISEE-2-2-004-V4-signed-signed-signed.pdf

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