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ECUADOR FORTALECE SU SISTEMA DE CALIDAD Y AMPLÍA LA RED DE SALUD SOCIAL

La Resolución Nro. MPCEI-SC-2026-0051-R, emitida por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, representa una reforma estructural en la fiscalización del mercado ecuatoriano, diseñada para garantizar que el flujo de mercancías, tanto de origen nacional como extranjero, se someta a estándares de calidad innegociables.

Este instrumento jurídico se fundamenta en el mandato constitucional del Artículo 52, el cual eleva la protección del consumidor a una categoría de derecho fundamental, exigiendo que toda persona disponga de bienes y servicios que no pongan en riesgo su integridad y que cuenten con una descripción técnica transparente que impida cualquier tipo de inducción al error.

Para lograr esto, la normativa articula de manera más rigurosa el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, integrando a laboratorios, organismos de certificación y entidades de inspección en una red de vigilancia que obliga a los operadores económicos a demostrar la conformidad de sus productos antes de su comercialización.

Esto significa que la «calidad» deja de ser un atributo voluntario para convertirse en un requisito legal habilitante, donde la falta de certificados de cumplimiento o la presencia de etiquetas con información técnica no verificable se consideran infracciones graves contra la transparencia del mercado.Desde una perspectiva operativa y de comercio exterior, la resolución impone desafíos significativos a los importadores, quienes ahora deben asegurar que toda la documentación cargada en sistemas como Ecuapass coincida milimétricamente con las características físicas y químicas del producto, eliminando el margen para el etiquetado ambiguo o la publicidad engañosa que omite restricciones de uso o riesgos potenciales.

La normativa faculta al Estado no solo para impedir el ingreso de productos subestándar, sino también para ejecutar medidas correctivas inmediatas, como el retiro de productos de las perchas, la suspensión de registros de comercialización y la imposición de sanciones económicas severas a las empresas que intenten ganar competitividad mediante el ahorro en seguridad técnica.

Al endurecer estos controles, el Ministerio busca sanear el parque industrial y comercial del país, protegiendo a los fabricantes que sí invierten en excelencia técnica frente a la competencia desleal de productos de baja calidad.

En última instancia, esta disposición ministerial no solo resguarda la salud y la economía de las familias ecuatorianas, sino que también prepara al sector productivo para cumplir con las exigencias de mercados internacionales, fomentando una cultura de cumplimiento que es esencial para la sostenibilidad del comercio exterior y el fortalecimiento de la confianza en el ecosistema empresarial nacional. 
 Fuente:https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiYzBmNTVhMTMtYzdmNi00YmFhLTkwYTgtNDAwNDAxM2ZmODM0LnBkZiJ9

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